Polémico. La Comisión de Constitución del Congreso aprobó
que las personas que se encuentren privadas de su libertad pero que aún no
cuentan con sentencia judicial, puedan ejercer su derecho al voto.
Las modificaciones aprobadas por mayoría, se hicieron en
base al informe planteado por un subgrupo coordinado por el legislador Santiago
Gastañadui para evaluar los cambios en la Ley Electoral.
Asimismo , Gastañadui explicó que facilitar el voto de los
ciudadanos que están privados de su libertad representa simplemente un
reconocimiento a su derecho, ya que éste solo pueden ser suspendido cuando obre
de por medio una sentencia firme. “El procesado no solo puede votar sino ser
elegido”, expresó.
De otro lado, el legislador oficialista señaló que dicho
dictamen fue consensuado con las propuestas que plantearon las entidades
electorales.
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