viernes, 29 de julio de 2011

PAREJA DE AMANTES FUERON ENCONTRADOS SIN VIDA EN S.M.P.



Una pareja de amantes fue hallada muerta sobre un colchón en el piso, al pie de un carro que tenía el contacto prendido en el interior de una reducida cochera en una casa hogar de la comunidad China, ubicada al costado de un colegio en San Martín de Porres.


Los agentes de la Divincri del sector presumen que los vecinos-amantes, el ex jugador de Juan Aurich Mauricio Eusebio Ortiz Boza (54) y el ama de casa María Antonieta Manrique Reyes (42), murieron en la noche del domingo por inhalación de monóxido de carbono, tras quedarse dormidos con el carro encendido luego de ingerir casi un litro de piña colada. Aunque no descartan la posibilidad de que uno de ellos o los 2 habrían provocado sus muertes.
"Los resultados de la necropsia serán determinantes para establecer qué es lo que pasó", dijo un detective.


Lo cierto es que los cadáveres con una data de muerte de 24 horas, yacían vestidos con sus respectivas prendas de vestir, sobre un delgado colchón en la entrada de la puerta del garaje ubicado en la avenida Pacasmayo 3302.
En el lugar se encontraba estacionada la camioneta rural Nissan de placa A4Z-390 que tenía el capot abierto y la llave de contacto encendida. Al costado de ambos cuerpos los policías hallaron la botella casi vacía del licor.


alpuebloconlaverdad.blogspot.com

EN SAN MARTIN DE PORRES MATAN DE UN BALAZO DELANTE DE SU AMIGO



Aún con vida fue conducido al hospital donde falleció luego de seis horas de agonía.


¿Ajuste de cuentas? Un joven fue asesinado de un balazo en la cabeza por un pistolero que lo obligó a arrojarse al piso, en momentos que se desplazaba junto a un amigo por el cruce de la avenida El Olivar y jirón Los Pinos, en San Martín de Porres.


César Guillermo Carrillo Larrea (21) terminó con el cráneo destrozado y aún con algunos signos de vida fue trasladado al hospital Luis Negreiros, en donde dejó de existir seis horas después.
Según los detectives de la Divincri del sector, el hecho ocurrió a las nueve de la noche del miércoles, en circunstancias que la víctima caminaba junto a su amigo Hugo Orbegoso Cordero.
En esos momentos aparecieron dos sujetos que lo obligaron a arrojarse al piso junto a su amigo. Ambos entraron en pánico y obedecieron las órdenes de los desconocidos.


Acto seguido, uno de los sujetos sacó un arma y disparó a matar contra Carrillo Larrea ante el asombro y estupor de su amigo Orbegoso Cordero.


Los detectives de Homicidios de la Divincri-San Martín de Porres presumen que se trata de un ajuste de cuentas, porque el extinto Carrillo Larrea hace cinco meses fue intervenido por la policía del sector.
El asesino utilizó una pistola calibre 9 milímetros y tras dejar moribundo a su víctima huyó.

alpuebloconlaverdad.blogspot.com

Municipios de SMP y Comas se disputan la Primera de PRO



Alcaldes de San Martín y de Comas recién se interesan en la zona recuperada por Lima Metropolitana luego que durante años la tuvieran en total abandono.



El pasado 11 de julio un grupo de delincuentes destrozó un letrero de la Municipalidad de Comas ubicado en el cruce de la Panamericana Norte y la avenida Próceres de Huandoy, lugar denominado 'La 1ra. de PRO'. Esta zona se encuentra en conflicto de límites entre las municipalidades de San Martín de Porres y Comas en Lima Norte.


Por su parte personal de parques y jardines de la municipalidad de San Martín de Porres han iniciado el sembrado de plantones de árbol en esta zona que durante años estuvo totalmente abandonada a su suerte por ambas municipalidades y que se había convertido además en un foco infeccioso y de gran peligrosidad por la gran cantidad de delincuentes.


Esta zona que fuera invadida desde hace muchos años por vendedores de fruta fue recuperada pacíficamente hace unas semanas por la municipalidad de Lima Metropolitana pues siendo un lugar desde donde convergían vehículo de transporte público para diferentes lugares, se había convertido un 'cuello de botella' para los vehículos que transitaban por la Panamericana Norte.


Luego de desalojar a los vendedores de fruta, restaurantes y a un mercadillo aledaño, la municipalidad de Lima procedió a limpiar el lugar y actualmente se está construyendo una pista auxiliar de varios carriles que permitirá descongestionar y mejorar la circulación en esta zona de gran confluencia vehicular.


Los terrenos de la zona objeto de desalojo han pertenecido desde hace decenas de años a la municipalidad de Lima Metropolitana, por ellos transcurría la antigua vía ferroviaria de Lima a Ancón y esta ha sido mantenida en su mayor parte a lo largo de toda su extensión, es falso que parte de estos terrenos haya pertenecido alguna vez a otros y que hayan sido cedido al municipio de Lima.


Recién ahora que ha intervenido la autoridad Metropolitana es que los municipios de San Martín de Porres y de Comas vienen a interesarse por el lugar.


Es necesario que los alcaldes dejen de buscar protagonismo y la fotografía de la inauguración y empiecen a interesarse realmente en los problemas de la población de Lima Norte.


alpuebloconlaverdad.blogspot.com

NIKOLAS KUSUNOKI SEPULTÓ CONVOCATORIA DEL FRENTE DEMOCRÁTICO DE COMAS



Percy Eduardo Aquino Rodriguez y Rider Jaime Egusquiza Roque, ambos regidores de la Municipalidad de Comas, en Lima Norte, se sorprendieron ante la inasistencia no justificada del alcalde comeño Dr. Nicolás Octavio Kusunoki Fuero.


En el auditorio de la Cooperativa Jesús Obrero – Comas, Aquino Rodríguez, denuncio el pago del bono de productividad, calificándolo de ilegal, la inseguridad ciudadana y el problema del recojo del residuo solido en el distrito.


Por su parte Egusquiza Roque, explico sobre el pago excesivo de la dieta al alcalde del distrito, el pago excesivo de los regidores y funcionarios, reiterando que el bono o plus que reciben los funcionarios, es un pago a la incapacidad e incompetencia.


En tanto los militantes y simpatizantes de Fuerza Social, Movimiento Nueva Izquierda y otros grupos políticos que se dieron cita, decepcionados, arremetieron contra Kusunoki, considerándolo ya una gestión corrupta, ante el informe presentado por ambos regidores.


MEDIDAS TOMADAS:
Un vocero de la Agrupación Independiente Comas Con Fé, demando circular un MEMORIAL solicitando un cabildo abierto, con la finalidad de que KUSUNOKI, aclare lo denunciado por ambos concejales.


El Ing. Melvin Rodríguez, representante de Lima Para Todos - Comas, demando una REVOCATORIA, por las irregularidades presentadas en la mesa y se detalle del porque el distrito de San Martín de Porres, viene perpetrándose en Comas y aún no hay una respuesta de la gestión.


Peter Arque, de Fuerza Social, denuncio la manera IRREGULAR de utilizar dos unidades de Seguridad Ciudadana para la custodia del domicilio del alcalde comeño.


Por su parte Aquino, no respondió sobre los procesos que se les sigue al ex alcalde de Comas, Dr. Miguel Saldaña Reategui, quienes con bombos y platillos la gestión, calificó de CORRUPTA, demandando las pruebas y los actuados en el Poder Judicial de ello.


De esta manera se estaría liquidando el pacto sellado entre KUSUNOKI y las fuerzas de izquierda en el distrito de Comas. Decepción y traición se noto en los rostros de los asistentes.

REGIDORES DE COMAS NO CUMPLEN CON SU LABOR FISCALIZADORA


Desde que se inicio la Gestión del Alcalde Nicolás Kusunoki, en enero del presente año, casi no se han visto a los regidores de Comas, en Lima Norte, ya sean del partido Siempre Unidos (08), Unidad Nacional (03) o Fuerza Social (02) cumpliendo la labor que el pueblo les ha encomendado que consiste en LEGISLAR Y FISCALIZAR LA GESTION DE ALCALDE NICOLAS KUSUNOKI.


¿CUANTO LES CUESTA A LOS COMEÑOS LA LABOR DE LOS REGIDORES?


Cada regidor recibe S/ 3,315 nuevos soles mensuales por dieta, entonces si comas tiene 13 regidores se paga mensualmente por dietas S/ 43,905 nuevos soles, en tal sentido en lo que va de la gestión municipal (Enero – Julio 2011) el total de pagos efectuados a los regidores asciende a S/ 301,665 nuevos soles, en tal sentido cabe preguntarnos que trabajos realizan para justificar tal desembolso de dinero. Exigimos que nos digan:
¿Qué proyectos normativos han presentado al concejo Municipal y cuántos de ellos se han aprobado?
¿Cuántas fiscalizaciones y/o denuncias han presentado?
¿Qué labores realizan a favor de los vecinos?


¿PORQUE LOS REGIDORES NO SE PRONUNCIAN ANTE LAS IRREGULARIDADES DENUNCIADAS?
Limanortevirtual.com, diversos medios de comunicación y vecinos del Distrito vienen denunciado una serie de irregularidades en la presente gestión municipal,sin embargo los regidores no se pronuncian al respecto lo que demuestra su incapacidad y falta de conocimiento de la labor de un regidor y de su compromiso con los graves problemas del distrito, es lamentable que no tenga una posición propia, coherente, con visión de futuro y por el contrario se dediquen a levantar la mano solamente para votar y actualmente por culpa de ellos (EL CONCEJO MUNICIPAL ES LA MAXIMA AUTORIDAD) nos encontremos enfrascado en conflictos privados que no traen beneficios para la ciudad, le aconsejamos a los regidores leer los artículos 9 y 10 de la Ley orgánica de Municipalidades para que conozcan sus Atribuciones y Obligaciones tanto del concejo Municipal y del cargo de regidor, y para sustentar nuestra denuncia les transcribimos sólo 2 numerales:
Art. 9 Numeral 33. “Fiscalizar la gestión de los funcionarios de la Municipalidad”.
Art. 10 Numeral 4. “Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal”.


Les preguntamos a los vecinos de Comas lo siguiente:
¿Creen que los regidores cumplen su función?
¿Consideran justo que los regidores cobren a la fecha s/ 301,665 nuevos soles?
¿Qué labores justifican este pago de dieta?


FUENTE: Ruben Trujillo


alpuebloconlaverdad.blogspot.com

LA BAHÍA DE ANCÓN DE LIMA NORTE YA ES INTANGIBLE POR LEY



El viernes último, antes del cierre de la legislatura, el Congreso promulgó la ley que declara intangible la bahía de Ancón y señala que es de interés nacional la promoción de la actividad turística y la pesca artesanal en la zona. La norma prohíbe cualquier construcción que tenga como fin la explotación comercial, portuaria o que afecte las condiciones ambientales y sociales del lugar.


La ley pone fin así al proyecto de la empresa Santa Sofía Puertos S.A. para construir un terminal portuario en el referido balneario limeño.


Alejandro Aguinaga, vicepresidente del Congreso en la legislatura que acaba de terminar, informó que el viernes en la noche se estampó la firma que faltaba en la norma, en vista de que ese día se venció el plazo para promulgar la autógrafa, y el Ejecutivo no lo hizo ni la observó.


“Ya la promulgamos. Ancón está protegido ahora. El documento ha sido derivado a la secretaría de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y será ella la que lo publique en ‘El Peruano’”, refirió. Dicha ley no dependerá de la difusión de su respectivo reglamento para que entre en vigencia, expresó.


SE HA SALVADO LA BAHÍA
Jorge Caillaux Zazzali, de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, dijo que es una muy buena noticia para Ancón, para Lima y para el país. “Se ha salvado a la bahía de un destino industrial, pues el desarrollo de Ancón es otro. Hay que hacer un programa para aprovechar las bondades pesqueras, turísticas y de recreación”, acotó.


El alcalde de Ancón, Pedro Barrera Bernui, dijo estar conforme con la ley, pues no era dable un puerto industrial, porque la bahía es muy pequeña. “Se hablaba de un muelle de 1.300 metros de largo por 300 de ancho. Ancón es una bahía de desove, rico en especies marinas; se han antepuesto los intereses de la comunidad a los particulares”, señaló.


PRECISIONES
No se ha pronunciado Santa Sofía Puertos S.A., que iba a construir el puerto en Ancón, no se pronunció. Buscamos ayer su opinión mediante un contacto de prensa, pero no hubo declaraciones.


Más de 5 mil familias
Los opositores al puerto argumentaban que su construcción afectaría a 2 mil familias que viven de la pesca artesanal y a otras 3.500 que dependen del turismo y la recreación.


alpuebloconlaverdad.blogspot.com

TRES MIL EMPRESARIOS EXIGEN OTORGAMIENTO DE COMPRA VENTA DE TERRENO PARA PARQUE INDUSTRIAL EN ANCÓN



Más de 3 mil micro y pequeños empresarios exigieron el otorgamiento de un terreno de 450 hectáreas, ubicado en el distrito de Ancón, en Lima Norte, de propiedad del Ministerio de Defensa, el mismo que, según denuncian, fue transferido para el ministerio del Ambiente para crear el Parque Ecológico “Antonio Raimondi”, que sin embargo ha sido abandonado, perjudicando la construcción del Proyecto del Parque Industrial de Lima Norte.


Los afectados señalaron que declarados posesionarios del área tras cumplir con presentar un expediente técnico para la adjudicación directa ya que la Ley 29006 autoriza al Ejército Peruano la venta de sus propiedades en concesiones mutuas en la zona de Pampas de Piedras Gordas. El 8 de agosto del 2010 mediante el Informe Técnico No. 10 T-12.j.2010 aprobó la adjudicación en Venta Directa a favor de la Corporación de Medianas y Pequeñas Empresas del Perú (COEP), entidad que promoverá el Proyecto Ciudad Industrial Lima Norte, tasado a solicitud del EP, por la suma de 33´750.000 nuevos soles, con modalidades de crédito individual y al contado.


Refieren, que a pesar en la gestiones encaminadas por su gremio en la gestión de Rafael Rey Rey en el Ministerio de Defensa, quiso favorecer a otro grupo y en vista del fracaso, promulgó el DS 013 que entrega una parte del terreno del Parque Industrial al Ministerio del Ambiente, afectando parte de las 450 hectáreas a 329 hectáreas y del salientel ministro Jaime Thorne, conociendo el tema de la negociación con el Ejercito, saca el DS 018, aprobando que todos los terrenos del Ejercito pasaban al Ministerio del Ambiente, perjudicando el proyecto industrial.


El presidente de la COEP, Rafael Paredes Solís, dijo que este gobierno termina su periodo marginando al desarrollo de las mypes, no se ha preocupado por el desarrollo socio-económico de este sector atentando el avance de los empresarios inversionistas, quienes ya han aportado la primera parte de la inversión calculada en 18 millones de dólares para gastos del perfil del proyecto, planos topográfico, de distribución y permanente; saneamiento físico-legal, agua, luz, desagüe, pistas y veredas, entre otros.


“Con la supuesta creación del Parque Ecológico, han detenido la construcción del Parque Industrial de Lima Norte, y sabemos que funcionarios del Ministerio del Ambiente, tenían interés en transferir el terreno a una empresas vinculadas al fallido Puerto de Ancón, para utilizarlo como zona de carga y almacenes, es algo que se debe investigar”, señaló.


Agregó, que “hemos presentado un proyecto al Ministerio de la Producción, para que el emporio industrial sea declarado de Interés Nacional, pero se ha quedado paralizado. Esperamos que el gobierno de Ollanta Humala considere, ya que esta obra moverá 300 millones dólares, generará 60,000 puestos de trabajo en forma directa y en forma indirecta 180,000, en diversos rubros y contará con infraestructuras adecuadas para competir en el Tratado de Libre Comercio, dejando millones en impuestos ya que la mayoría de industriales de Lima Norte, operan sin licencias en Parque Industriales ubicadas en zonas urbanas, donde trabajan en horarios de trabajo restringidos. Queremos depositar un anticipo en parte del pago del terreno de 450 Ha. al Poder Judicial para que nos entregue la administración del terreno”.

DISTRITO DEL RIMAC RENUNCIA A MANCOMUNIDAD DE LIMA NORTE


Ante la desorganización que existiría en la Mancomunidad de Lima Norte, que preside el alcalde de Comas, Nicolás Kusunoki, el alcalde del Rímac, ha renunciado en participar a dicha Mancomunidad.


Primero fue Freddy Ternero, alcalde de San Martín de Porres, al señalar que él no participaba de la Mancomunidad de Lima Norte, porque no estaba de acuerdo con los expedientes que le habían alcanzado donde recortaban territorialmente su jurisdicción en más de 6 kilómetros cuadrados, enviándole una carta al alcalde y presidente Nicolás Kusunoki, que dirije la mancomunidad de Lima Norte, para que entienda que no son parte de ello, y que no utilicen el nombre, el emblema ni el nombre del alcalde en documentos que salen a nombre de la Mancomunidad.


EL RIMAC, RENUNCIA A MANCOMUNIDAD DE LIMA NORTE
El alcalde Enrique Peramás, hizo declaraciones en la inauguración del remodelado Boulevard del Jr. Trujillo, donde ahora cuenta ahora con 24 hermosos maceteros, 28 luminarias de piso, tres mil 800 metros de piso adoquinado, 19 balizas de un metro y medio cada una y 16 nuevas farolas, luego el burgomaestre, se traslado a la pileta ubicada en el frontis de la municipalidad del Rímac, donde aproximadamente 500 litros de pisco brotaron de la pileta, dicha actividad se dio inicio como parte de las festividades por el Día Nacional del Pisco, el alcalde Peramás, se encontraba acompañado por grupos de vecinos que deleitaron del exquisito pisco, Peramás, dijo. “El Rímac, se retira de la mancomunidad de Lima Norte, en la medida que nosotros por un espacio histórico nos corresponde estar con Lima Metropolitana”, acotó.


Muy caballero el alcalde del Rímac, al señalar que se retira por un espacio histórico y que le corresponde Lima Metropolitana, cuando al parecer dentro de la Mancomunidad de Lima Norte, hasta la fecha parece que su presidente Nicolás Kusunoki, no encuentra el rumbo indicado


Los Olivos, no participa, San Martín de Porres tampoco y ahora el Rímac renuncia, mas adelante quien seguirá, esperemos que sus directivos encuentren el rumbo indicado porque a este paso, nada se ha realizado en favor de la Mancomunidad de Lima Norte, solo se ha escuchado promesas, promesas y mas promesas.

Local de Aviación Civil estará en Chincha



Sede de collique fue declarada clausurada. Queda a la altura del kilómetro 181 de la Panamericana Sur. Vecinos de Collique insisten en que venta del aeroclub es ilegal.


Un terreno situado en el kilómetro 181 de la Carretera Panamericana Sur, en el distrito de Grossio Prado, provincia de Chincha, es el lugar elegido para la construcción de la nueva escuela de Aviación Civil.

Como se sabe, la escuela funcionaba en el Aeródromo de Collique (64 hectáreas), pero el terreno fue vendido por el Estado a una empresa constructora para la edificación de más de 20 mil viviendas.

Los estudios

La noticia, que cayó como agua fría a los amantes de la aviación civil y a los vecinos que se oponían a la venta del aeródromo ubicado en Comas, fue revelada por la ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Nidia Vílchez.

La titular del sector argumentó –a través de una nota de prensa–,que el lugar señalado fue escogido de acuerdo con los estudios y al informe presentado por la comisión Pro Aviación Civil, que se abocó por cerca de dos meses a la identificación del terreno final donde funcionará y operará la nueva sede de la escuela de aviación.

Y respondiendo a las versiones de algunas autoridades, la ministra expresó que no dejarán a la escuela de aviación civil “en el aire”, lo que significa que no estará sola.

Falta la firma

Vílchez agregó que solo falta la expedición de una resolución de la Superintendencia de Bienes Nacionales para obtener el terreno. “No hay ninguna observación ni objeción, sino que se están haciendo algunas declaraciones de acuerdo a su interpretación”, refirió.

Sobre el tema de la venta del aeródromo, la titular del ministerio de Vivienda reiteró que la venta del terreno fue legal.
“Son 64 hectáreas y la mitad de este terreno ha estado siendo utilizada por la Escuela de Aviación Civil y la otra mitad es propiedad de un agricultor y ambas partes han aceptado desocuparlo”, anotó.

También dijo que la Escuela de Aviación Civil ya comunicó su traslado provisional a la Base Aérea de Las Palmas, en el distrito de Surco, y asimismo el ministerio de Transportes y Comunicaciones ya emitió una resolución declarando clausurado el aeródromo.

Siguen los reclamos

Mientras tanto, en la mañana de ayer un nutrido grupo de vecinos integrantes del Frente de Defensa del Aeroclub de Collique y de la Reserva Aérea protagonizó una marcha de protesta hacia la municipalidad de Comas para pedir que el alcalde se pronuncie sobre el severo impacto ambiental y social que causaría la ejecución del proyecto inmobiliario.


alpuebloconlaverdad.blogspot.com

Alcaldesa Villarán anuncia paquete de obras para Lomas de Carabayllo



Durante la instalación del equipo técnico para el Plan Específico de Desarrollo Integral de la referida zona, Villarán señaló que entre las obras a ejecutar también se encuentra el puente San Martín, un módulo multiservicios y la resolución de los problemas de contaminación por plomo que afecta a los niños.


La autoridad edil explicó que el Centro Igualdad será el mejor de Lima y permitirá acercar a los vecinos todos los servicios que brinda el Estado como identificación, despistaje de cáncer, el programa Chicos Chamba, entre otros.


También anunció que a la brevedad entregará 1,300 títulos de propiedad a igual número de familias del asentamiento humano San Benito de Carabayllo.


Precisó, sin embargo, que los residentes en zonas de alto riesgo como laderas no podrán recibir estos títulos sin que se construyan primero los muros de contención.


El paquete de obras incluye la conversión de Lomas de Carabayllo en un área de Conservación de la Diversidad Ecológica, similar a los Pantanos de Villa, bajo la gestión de una autoridad ambiental única para la ciudad.


Considera, además, el ordenamiento territorial, la zonificación, el plan vial de la zona y la relación con la ciudad.


“No olvido mis compromisos”


En otro momento, la alcaldesa metropolitana aseguró que ella no olvida ninguno de sus compromisos. “Mi compromiso ha sido siempre con el pueblo. Mis manos están limpias yo no recibo plata de nadie”, afirmó.


En la sesión solemne por Fiestas Patrias, realizada luego en el palacio municipal de Comas, la alcaldesa de Lima anunció la construcción de la vía de 15 kilómetros que unirá la octava zona de Collique con la salida de San Juan de Lurigancho y Huarochirí.


alpuebloconlaverdad.blogspot.com

sábado, 23 de julio de 2011

INTENTAN MATAR A FREDY TERNERO ALCALDE DE SMP



Pistoleros se metieron a oficina de alcaldía y hieren a empleado que salió a defenderlo



Una turba de 80 matones provistos de pistolas y bates de béisbol, intentó asesinar ayer al alcalde de la Municipalidad de San Martín de Porres, Freddy Ternero, quien denunció que se trataría de un "cobarde" ataque perpetrado por delincuentes de construcción civil, contratados por empresarios del terminal terrestre del perú.



Los delincuentes destruyeron el frontis del palacio municipal e hirieron de gravedad a una trabajadora, identificada como Erika Jibaja.
"¡Me querían matar!", decía presa del pánico la jovencita, mientras era conducida de emergencia a un hospital.
"Hace 15 días cancelamos la licencia de funcionamiento de Fiori y exigimos se retiren del lugar, que ocupan ilegalmente, pues el terreno fue comprado por una empresa equis. Hace diez ­días fueron notificados y hasta levantamos un acta policial, pero siguen allí", manifestó a su vez el burgomaestre.


Eran las 2:00 de la tarde cuando los malhechores llegaron en dos buses interprovinciales que se estacionaron a una cuadra de la comuna distrital. Mientras un grupo destruía con piedras y bates de béisbol las lunas y puertas de la fachada frontal, así como una cabina de la central telefónica distrital, otro grupo ingresó, provistos de pistolas, al palacio con la intención de robar 80 mil soles de la caja fuerte y asesinar a Ternero.


"Te mataremos... ¿dónde estás?", gritaron los bandidos en reiteradas veces.
Los dos policías que resguardaban el lugar, al ver a más de 20 pistoleros, sólo atinaron a escapar y proteger sus vidas. "Eran como cien, estaban armados hasta los dientes", manifestó uno de los oficiales.


Los funcionarios se encerraron en sus oficinas y por fortuna los serenos lograron cerrar a tiempo el acceso a la alcaldía.
En ese momento, Ternero se encontraba en su oficina atendiendo a unos periodistas de una revista distrital. "Escu­chamos gritos y arengas alusivos al terminal Fiori, me pidieron no salir y mantener silencio", manifestó aún contrariado el alcalde.
Informó que el hecho ya fue denunciado en la comisaría distrital. "Hemos entregado a la policía las imágenes fílmicas y fotográficas de este cobarde ataque, que fue registrado por nuestras cámaras de seguridad. Exigimos a la policía identificar, capturar y poner tras las rejas a estos matones", agregó.


Por su parte, el jefe de Seguridad Ciudadana, coronel (r) Pedro Chávez, informó que gracias a las cámaras de seguridad se logró identificar a Juan Benavente (a) "Janampa", Erick Delgado, los hermanos Carlos y Renzo Corzo, y los apellidados Feijóo (a) "Contún" y Chero (a) "Meke Meke". "Todos son prontuariados delincuentes", afirmó.

alpuebloconlaverdad.blogspot.com

Éxito en la lucha contra la delincuencia el el distrito de Comas



Comas es uno de los distritos con mayor índice de delincuencia en Lima


'Todavía hay falencias que nos cuestan robos, pandillaje y hasta muertes, pero nuestra intención es dejar todo esto en cero´, afirmó el subgerente de Seguridad Ciudadana de ese distrito, Juan Luis Guevara Zevallos. Sostuvo, además, que la nueva gestión municipal ha restablecido el servicio de Serenazgo como medida principal para luchar contra la delincuencia


El Coronel Juan Luis Guevara Zevallos, sub gerente de Seguridad Ciudadana del distrito de Comas, reveló en RPP Noticias que su localidad ha reducido considerablemente el número de homicidios en comparación con lo registrado el año pasado.

“Coordinamos constantemente con la Policía Nacional, hay cinco comisarías dentro del distrito y procuramos trabajar de forma coordinada. En estos siete meses de gestión hemos podido revertir por ejemplo el número de homicidios. En el 2010 se produjeron 126 homicidios, en lo que va de este año solamente hemos registrado diez. Además el pandillaje se ha rebajado hasta en un 80% en algunas zonas”, indicó Guevara Zevallos.

El responsable de Seguridad Ciudadana de Comas sostuvo que la nueva gestión municipal ha restablecido el servicio de Serenazgo, que tiempo atrás estuvo inactivo, sin embargo, aclaró que los esfuerzos aún son menores.

“En base a eso hemos empezado a tomar algunas acciones. Hemos puesto en funcionamiento por ejemplo el servicio de Serenazgo que no existía en Comas. No tenemos muchos recursos, tenemos pocos efectivos (150), tenemos 20 vehículos y cinco cámaras de vigilancia que en realidad es poco. Tenemos 50 kilómetros cuadrados en Comas y un promedio de 600 mil habitantes”, argumentó.

Trabajo conjunto con la Policía

La autoridad de Comas visitó los estudios de RPP Noticias con motivo del especial sobre “Calles Peligrosas”, el cual se elaboró en base a la ´Primera Encuesta Metropolitana de Victimización 2011 - Lima´, elaborada por Ciudad Nuestra en coordinación con el Instituto de Opinión Pública de la Pontificia Universidad Católica del Perú.

En dicha encuesta, Comas encabeza el listado de los distritos con mayor índice de delincuencia a nivel de Lima Metropolitana. Al respecto, el coronel Guevara Zevallos aseguró que la gestión de José Kusunoki está haciendo todos los esfuerzos posibles para dejar los primeros lugares de esta lista negra.

“Coordinamos constantemente con la Policía Nacional, hay cinco comisarías dentro del distrito y procuramos trabajar de forma coordinada. En estos siete meses de gestión hemos podido revertir por ejemplo el número de homicidios. En el 2010 se produjeron 126 homicidios, en lo que va de este año solamente hemos registrado diez. Además el pandillaje se ha rebajado hasta en un 80% en algunas zonas”, manifestó.

El subgerente de Seguridad Ciudadana de Comas enfatizó en que la lucha contra la delincuencia en su distrito apunta a la erradicación de los actos delictivos y a la recuperación de las zonas peligrosas de varios sectores, así como la reinserción de las personas involucradas en fechorías.


“Se trata de tomar las medidas adecuadas y dar el marco legal adecuado para que la Policía pueda actuar. Me refiero a que deben de retomarse algunos hechos que sancionen la desobediencia a la autoridad. Se han perdido una serie de valores y ya no respetan a las autoridades”, sostuvo al respecto el coronel Juan Luis Guevara.

“Estamos trabajando con la Policía sobre un plan que va a irradiar este respeto y esta recuperación de los valores. Vamos a procurar llegar a los hogares disfuncionales. Vamos a querer captar a los pandilleros y a los drogadictos, queremos reorientarlos, sensibilizarlos y hacerles ver que hay normas que debemos cumplir”, puntualizó.

Cifras en contra

La encuesta realizada por la organización Ciudad Nuestra arroja que el 51.6% de encuestados afirmaron que ellos o algún miembro de su hogar fueron víctimas de un delito el último año en Comas.

Los robos al paso, como forma de delito, abarcan el 64.3% en el índice de delincuencia en este distrito, según la encuesta. Además, el 76.4% de los encuestados en Comas se sienten algo o muy inseguros frente a la posibilidad de ser víctimas de un delito.

“Todavía hay falencias que nos cuestan robos, pandillaje y hasta muertes, pero nuestra intención es dejar todo esto en cero”, enfatizó.

alpuebloconlaverdad.blogspot.com

ALCALDE DE COMAS SE VALE DE TINTERILLA PARA NEGARLE VIVIENDA A 100 MIL EN COMAS



Mientras el alcalde de Comas en Lima Norte, Nicolás Kusunoki , insiste en esconderse como un chiquillo asustado de la prensa para defenderse su absurda posición de oponerse a la construcción “Sol de Collique”, el rechazo de los vecinos sigue creciendo de este populoso distrito que han empezado a articular un movimiento para captar firmas y solicitar oportunamente la vacancia de la alcaldía conforme a ley.



La mayoría de vecinos se pregunta qué oscuros intereses hay detrás de los funcionarios de actual administración edil de Comas que desde que llegaron a la municipal comeña se oponen a que familias de modestos recursos logren hacer realidad al más bajo costo el sueño de casa propia.


El proyecto “Cuidad Sol de Collique” viene siendo ejecutado por el Consorcio DHMont – Constructora Graña & Montero que a través de sus asesores jurídicos y de su gerente general Ricardo Mont Ling ha explicado en forma pormenorizada que desde el inicio del citado proyecto han cumplido con todos los requisitos de ley para la ejecución de las obras echando por tierra cada una de las tinterilladas con las que en forma malintencionada, según refieren, el alcalde Kusunoki y sus asesores pretenden frenar las obras, basándose en la informe parcializado y sospechoso de un especialista en plantas y animales con el que pretende echar por tierra el informe de una Comisión Técnica Especialista en Habilitaciones Urbanas integrada, conforme a ley, por un representante de la municipalidad, un representante del Colegio de Arquitectos del Perú, un representante de CAPECO y los representantes de las entidades prestadoras de servicios públicos.


Entre los argumentos en los que se basa la Resolución de Gerencia Municipal con la que absurdamente quieren anular la habilitación urbana del ambicioso proyecto habitacional sostienen, por ejemplo, que no se ha ubicado en el expediente el recibo de pago por el decreto de trámite “a pesar que en la resolución se indica que se cancelo la suma de S/.350. 00 nuevo soles y no se consigna el número de recibo, lo cual es falso pues se cumplió con realizar dio pago a través del recibo Nº 050125153753 de fecha 08-11-2010.


Otro de los argumentos de Kusunoki para anular la habilitación urbana es que el proyecto no incluye estudio de impacto ambiental lo cual es otra falsedad pues con fecha 25 -11- 2010 se presento el Estudio de Impacto Ambiental, el mismo que la mesa de partes de la Municipalidad de Comas recibió con número de anexo 2313-2010.


La Municipalidad de Comas sostiene que el proyecto carece de aportes en educación salud, otros usos y aéreas verdes. Un mentira más, según el vocero del consocio DHMONT – G&M, pues el proyecto tiene como área de aportes 24,797.26 metros cuadrados.


El regidor Percy Aquino ha dicho sin ningún reparo que no va a parar hasta demoler las edificaciones que ya han sido construidas sin importarle en lo más mínimo el grave daño a las familias que sueñan de tener una habitación independiente y con todos sus servicios a un costo al alcance de sus bolsillos.


Aquino ha revelado que ya tiene contactos con la alcaldesa de Lima; Susana Villaran, para conseguir el apoyo de la Municipalidad de Lima y que eventualmente conseguirá el respaldo del presidente electo, Ollanta Humala, para impedir que 20 mil familias de modestos recursos hagan realidad su sueño de la vivienda propia.


Tras la información brindad por el Ing. Ricardo Mont, el consorcio no ha cometido ninguna falta que amerite la paralización de las obras. Al contrario han demostrado que tiene toda la ley de su parte y el legítimo derecho de cualquier empresa en nuestro país de actuar con reglas claras y dentro de un ordenamiento que brinde garantías a su inversión.


Es absurdo tener la razón cuando se utilizan argumentos tan inverosímiles como el que un consorcio de reconocida capacidad demostrad en otras obras ejecutadas en el país no quiera pagar 350 soles para cumplir los requisitos de un expediente o que se nieguen a brindar la áreas para salud, educación, vías y otros que establece la ley.


Tal vez el alcalde Kusunoki haya sido sorprendido por terceros que pretende sacar dividendos políticos personales o quizás sean movidos por oscuros y ocultos intereses quienes no les interesa el bienestar de más de 100 mil pobladores que se favorecerán con “Cuidad Sol de Collique”.


alpuebloconlaverdad.blogspot.com

Alcaldesa de Lima presentó el 'Bus patrón'




Transporte público de la capital será moderno y con escaso nivel de contaminación
Buses Euro 3 seguirán circulando en la ciudad
Limeños podrán apreciar estos buses en el Parque de la Exposición hasta el domingo 24 de julio
Se descarta incremento de pasajes


A partir de enero de 2013 circulará en nuestra ciudad el ‘Bus Patrón’ o Euro 4, que será el tipo de vehículos que nuestra ciudad necesita en el futuro. Un futuro limpio y ordenado y amigable con el medio ambiente. Con estas unidades, se contará con un mejor servicio de transporte público que Lima se merece con respeto, comodidad y consideración para todos y todas. Así lo anunció la alcaldesa de Lima, Susana Villarán durante la exposición del ‘Bus Patrón’ realizada en la Plaza de Armas.


“Estos buses que ahora ven son fruto del esfuerzo de empresarios y propietarios del transporte para modernizar el parque automotor destinado al transporte público. Estos autobuses son el fruto del trabajo de cientos y miles de transportistas” precisó la alcaldesa.



Buses Euro 3



Villarán señaló que los buses Euro 3 seguirán circulando por vías seleccionadas de la ciudad hasta que recuperen su inversión y luego puedan adquirir los buses Euro 4 exigidos por la comuna limeña.


Desmintió las versiones interesadas en confundir a la opinión pública cuando insinúan o dicen que los vehículos nuevos que no cumplen el estándar del Euro 4, no van a poder circular por el sistema limeño de rutas urbanas. Esto es mentira, señaló.


“En Lima hay espacio más que suficiente para que circulen los flamantes buses con estándar Euro 3 que hoy rodean nuestra plaza. Hoy día estos vehículos están autorizados para circular por el 95% del sistema, con excepción de la ruta del Metropolitano. En el futuro -dentro de dos años- podrán circular por toda la ciudad, con la clara excepción del sistema de los dos metropolitanos y de los cuatro corredores complementarios”, señaló.


Los corredores complementarios a los que se refiere la autoridad edil son los de la Panamericana Norte – Sur, Javier Prado – Faucett, Tacna – Mercado de Flores y el de Independencia. En ese sentido, en el resto de rutas podrán seguir circulando buses Euro 3 y aquellos que han sido renovados.



Características del ‘Bus Patrón’



La burgomaestre explicó las características de este tipo de vehículos que tienen óptimas características, como un mayor tamaño, pues tienen una longitud de 9 y 12 metros. El articulado de 18 metros puede transportar a 160 personas.


Reduce la contaminación toda vez que utilizan la normativa Euro 4, que reduce 50 veces la emisión de gases nocivos, tanto para motores a gas como para motores diesel. Asimismo, es un vehículo inclusivo porque favorece el transporte de personas con discapacidad visual o en silla de ruedas.


Otro aspecto importante de destacar es que reduce el ruido, pues, la contaminación acústica disminuye, debido al tratamiento de la carrocería aislante.


La alcaldesa de Lima, refirió que estos buses patrón o EURO 4 ya están siendo fabricados en el Lima, en el distrito de Lurín.


Como se sabe este sistema integrado, que transportará al 40% de los pasajeros de Lima con los estándares de rapidez, comodidad, orden y limpieza que todos los limeños y limeñas necesitan, hará posible que cualquier pasajero haga todas las conexiones que necesita para llegar a su destino con un solo boleto/pasaje.


La puesta en marcha de estas unidades de transporte no incrementará -de manera alguna- el costo de los pasajes toda vez que estos buses cuentan con la capacidad suficiente para albergar al número de pasajeros que requieren para cubrir sus costos de operación.


Las empresas que participaron de la exposición de estos vehículos señalaron que están en condiciones de empezar a operar con 300 buses Euro 4 del tipo “Bus patrón” en los próximos días.


A la vista del público



Con el propósito que el público limeño pueda conocer los nuevos buses que recorrerán la ciudad a partir del 2013, se ha previsto una exhibición de éstos en el Parque de la Exposición desde hoy hasta el domingo 24 de julio de 10 de la mañana a 6 de la tarde. El ingreso es gratuito y el acceso es por la puerta principal ubicada en la avenida 28 de julio en el Cercado de Lima.



MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Gerencia de Comunicación Social y Relaciones Públicas


alpuebloconlaverdad.blogspot.com

Suspenden en su cargo al alcalde de Puente Piedra



Por tres votos contra dos el JNE suspende a un alcalde de Lima Norte
Texto completo de la Resolución del JNE


El alcalde del distrito de Puente Piedra, Esteba Monzón Fernández, fue suspendido en su cargo por treinta días, así lo dispuso el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en su Resolución 0485-2011-JNE.


El mismo dispositivo establece que Donato Díaz Ayala, primer regidor del distrito, asuma el cargo de alcalde durante el tiempo que dure dicha suspensión. Asimismo, Gaddy Leandra Villafuerte Portella, ha sido llamada a asumir durante un mes el cargo de regidora con el fin de completar el número de regidores de esa comuna.


La suspensión de Monzón Fernández se produce atendiendo a una solicitud de suspensión debida a que el mencionado alcalde desconoció el reglamento interno de concejo municipal (RIC) aprobado por el anterior alcalde y hoy congresista electo Renan Espinoza quién luego de trabajar durante varios años bajo un RIC, decide cambiarlo faltando algunos días para dejar el puesto de alcalde.


Esta fue una forma de entorpecer la gestión del nuevo alcalde con el fin de hacer que esta se tornara inmanejable para luego, gracias al gran poder económico de Renan Espinoza, tentar una revocatoria con apoyo de sus acólitos.



Renan Espinoza y su rosario de juicios



A pesar del rechazo contra Renan Espinoza, puesto de manifiesto por el pueblo de Puente Piedra en las elecciones municipales del pasado año, ha logrado gracias a una millonaria campaña publicitaria, ser elegido congresista de la república y de esta manera refugiarse bajo la sucia y desgastada capa de la inmunidad parlamentaria, los juicios abiertos en contra de este congresista electo son toda una vergüenza: abuso de autoridad, falsa denuncia, fraude procesal, falsedad genérica, robo simple, robo agravado, usurpación (con arma de fuego), apropiación ilícita, hurto agravado, comisión y retardo de acto oficial, concusión en agravio del Estado, usurpación de funciones, fraude procesal, homicidio culposo por la muerte de dos niñas.



    Resolución 0485-2011-JNE



    Expediente N.° J-2011-0177


    Lima, ocho de junio de dos mil once



    VISTO en audiencia pública de fecha 8 de junio de 2011, el recurso de apelación interpuesto por Juvenal Malquichagua Cosme y Edwin Genaro Vicente Muñoz contra el Acuerdo de Concejo N.° 013-2011/CDPP, que rechazó el pedido de suspensión contra Esteban Felizardo Monzón Fernández, alcalde del Concejo Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, por la causal prevista en el artículo 25, numeral 4, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y oídos los informes orales.



    ANTECEDENTES



    Mediante el Acuerdo de Concejo N.° 003-2011/CDPP, de fecha 13 de enero de 2011, se resolvió desaprobar la moción presentada por el alcalde del Concejo Distrital de Puente Piedra, que proponía un nuevo Reglamento Interno de Concejo, debido a que cinco regidores votaron a favor y seis regidores en contra. Contra dicho acuerdo, Donato Díaz Ayala y otros regidores interpusieron reconsideración con fecha 18 de enero de 2011. Asimismo, mediante escrito de fecha 28 de enero de 2011, Juvenal Malquichagua Cosme formuló observaciones a la reconsideración presentada. En sesión ordinaria de concejo municipal de Puente Piedra, de fecha 31 de enero de 2011 (fojas 182 a 192), se trató la reconsideración y la solicitud de observaciones a la misma; se emitió el Acuerdo de Concejo N.° 006-2011/CDPP, de fecha 31 de enero de 2011, mediante el cual se dejó sin efecto el Acuerdo de Concejo N.° 003-2011/CDPP y la Ordenanza N.° 168-CDPP, y se aprobó un nuevo reglamento interno del concejo.



    A través de dos escritos del 18 de febrero de 2011, Juvenal Malquichagua Cosme y Edwin Genaro Vicente Muñoz presentaron solicitud de suspensión contra Esteban Felizardo Monzón Fernández, alcalde del Concejo Distrital de Puente Piedra. Dicha solicitud se fundamentó en que el alcalde mencionado incurrió en las faltas graves establecidas en el artículo 72, literales d, g y h, del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Puente Piedra (en adelante, RIC) aprobado mediante la Ordenanza N.° 168-MDPP, por los hechos siguientes:



    - Emitir el Acuerdo de Concejo N.° 003-CDPP, mediante el cual se desaprobó la moción de un nuevo RIC presentada por el alcalde. Este es un acto de gobierno contrario a su naturaleza, por emitirse sin que alcanzara una votación mayoritaria.



    - Admitir a trámite la reconsideración que extemporáneamente se interpuso contra el acuerdo mencionado y declararla fundada sin contar con la votación requerida.



    - Extralimitarse en sus funciones cuando no autorizó el uso de la palabra a Juvenal Malquichagua Cosme en el momento en que este pretendió sustentar los motivos por los que no se debió admitir la reconsideración mencionada, en la sesión ordinaria de concejo de fecha 31 de enero de 2011.



    - Haber aprobado en sesión ordinaria de concejo de fecha 31 de enero de 2011 acuerdos que sin que estos contaran con el número de votos necesarios para su validez, puesto que no alcanzaron los siete votos exigidos por el RIC.



    Mediante el Acuerdo de Concejo N.° 013-2011/CDPP, de fecha 12 de marzo de 2011, el Concejo Distrital de Puente Piedra rechazó el pedido de suspensión contra Esteban Felizardo Monzón Fernández.



    El 25 de marzo de 2011, Juvenal Malquichagua Cosme y Edwin Genaro Vicente Muñoz interpusieron recurso de apelación contra el Acuerdo N.° 013-2011/CDPP, alegando que no se les había informado que en la sesión ordinaria de concejo de fecha 12 de marzo de 2011 (fojas 82 a 95), se trataría el pedido de suspensión contra el alcalde mencionado. Además, se alegó que el acuerdo apelado adolece de motivación.



    CONSIDERANDOS



    Delimitación temporal de la vigencia de los sucesivos reglamentos internos del Concejo Distrital de Puente Piedra




    1. A efectos de emitir pronunciamiento en la presente causa, es menester dejar claramente establecidos los alcances temporales de la vigencia de los diversos reglamentos internos de Concejo aprobados entre diciembre de 2010 y febrero de 2011. Ello permitirá determinar el marco legal aplicable respecto de los cuales se han de evaluar no solo la conducta del alcalde cuya suspensión se solicita, sino también la regularidad del procedimiento que se ha seguido en la tramitación de la propia solicitud de suspensión.


    - Así, mediante Ordenanza N.° 022-MDPP, de fecha 13 de febrero de 2004, fue aprobado el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Puente Piedra, el mismo que sirvió de norma de actuación para el concejo municipal del periodo 2007 - 2010.



    - El 29 de diciembre de 2010, días antes del término del correspondiente periodo municipal, fue emitida la Ordenanza N.° 168-MDPP, la que aprueba un nuevo Reglamento Interno del Concejo Distrital de Puente Piedra. Es esta norma regulatoria bajo la cual asumen y ejercen sus cargos, inicialmente, las nuevas autoridades elegidas para el periodo municipal 2011-2014.



    - Por último, en la sesión del 31 de enero de 2011 fue aprobado el Acuerdo N.° 006-2011/CDPP un nuevo Reglamento Interno de Concejo Municipal, el cual es publicado después mediante Ordenanza N.° 171-MDPP.




    1. A partir de esta distinción, deben precisarse dos cosas: a) que el trámite de la solicitud de suspensión, presentada en fecha 18 de febrero de 2011, se realiza bajo las reglas de procedimiento contenidas en el RIC aprobado mediante Acuerdo N.° 006-2011/CDPP, materializado en la Ordenanza N.° 171-MDPP, del 31 de enero de 2011; b) que los hechos por los que se solicita la suspensión ocurrieron bajo la vigencia del RIC aprobado el 29 de diciembre de 2010 (Ordenanza N.° 168-MDPP), vigente hasta el 31 de enero de 2011.


    Respecto al tratamiento de la solicitud de suspensión en la sesión del 12 de marzo de 2011 a pesar de no constar en agenda




    1. De manera preliminar al pronunciamiento de este Supremo Tribunal Electoral sobre los hechos que son materia de la solicitud de suspensión contra el alcalde Esteban Felizardo Monzón Fernández, debe atenderse al cuestionamiento del apelante, según el cual el Acuerdo N.° 013-2011/CDPP, del 12 de marzo de 2011, adolece de nulidad debido a que fue adoptado en una sesión ordinaria que no tenía por objetivo tratar la solicitud de suspensión.



    1. En efecto, de la citación cursada a los regidores en fecha 8 de marzo de 2011 por la secretaria general de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra se anota como agenda a tratar la autorización al alcalde para la suscripción de un convenio de financiamiento entre la municipalidad y diversas entidades, sin que se haga mención al tratamiento de la solicitud de suspensión interpuesta en su contra.



    1. Sin embargo, aun cuando no estuvo en la agenda previamente establecida de la sesión ordinaria del 12 de marzo de 2011, en la estación de despacho se dio lectura a las solicitudes de suspensión interpuestas y se dispuso que estas pasaran a estación de orden del día para su discusión y votación precisamente porque asistió la totalidad de integrantes del concejo municipal y en virtud del artículo 31 del RIC, sin que se registre oposición alguna de los regidores, incluidos los apelantes.



    1. Adicionalmente, debe señalarse que dichos regidores tampoco expresaron oposición alguna al momento en que fue debatida y votada la suspensión. De esto se concluye que convalidaron el tratamiento procedimental que se le estaba dando a sus solicitudes de suspensión, más aún cuando se encontraban presentes la totalidad de miembros del concejo, por lo que el posible defecto de tramitación no puede ser alegado en esta instancia jurisdiccional.


    Sobre la emisión del Acuerdo N.° 003-CDPP, que rechaza la propuesta de modificación del reglamento interno de concejo




    1. El primer hecho alegado por el solicitante de la suspensión se refiere a la emisión del Acuerdo N.° 003-2011-CDPP, por el que se rechaza la propuesta de modificación del RIC. A juicio del solicitante, la emisión de un acuerdo, como documento formal, solo puede efectuarse cuando el concejo municipal adopta una decisión favorable respecto de la proposición, informe o dictamen sometido a su evaluación. Así, en la sesión de concejo municipal del 13 de enero de 2011, se rechazó la propuesta de modificación del RIC, lo cual significaba la inexistencia de acuerdo alguno, en opinión del solicitante de la suspensión. Por ello, al haber emitido el Acuerdo de Concejo N.° 003-2011-CDPP, el alcalde habría infringido el RIC y, por ende, habría incurrido en causal de suspensión de su cargo.



    1. En efecto, en la sesión del 13 de enero de 2011 se sometió a votación, ante la totalidad de miembros del concejo municipal, la propuesta de modificación del RIC, la cual obtuvo cinco votos a favor y seis en contra; es decir, no alcanzó el quórum exigido para que la modificación se produzca. Sin embargo, a juicio de este Supremo Tribunal Electoral, es claro que cuando se desaprueba una propuesta, dicho rechazo ha de manifestarse también en acuerdo de concejo, en tanto acto administrativo que expresa la manifestación de voluntad de la corporación municipal, representada por el concejo municipal en tanto máximo órgano de gobierno (artículos 4 y 5 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en adelante LOM).



    1. Por ello no hay nada de ilegal o antirreglamentario en la emisión del Acuerdo N.° 003-2011/CDPP, por cuanto este expresa “desaprobar la moción presentada por el señor alcalde de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, y en consecuencia, desaprobar el proyecto de ordenanza que proponía el nuevo reglamento interno de concejo”.



    1. En esa medida, la solicitud de suspensión sustentada en este hecho, la emisión del Acuerdo N.° 003-2011/CDPP debe ser desestimado por no constituir abuso o extralimitación de sus facultades de alcalde ni una infracción al RIC ni al ordenamiento jurídico aplicable a las municipalidades.


    Sobre el trámite a la solicitud de reconsideración de acuerdo de concejo desaprobatorio




    1. El apelante señala también como hecho que sustenta la suspensión, al trámite dado por el alcalde de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Así, refiere que el alcalde Esteban Felizardo Monzón Fernández cometió una serie de irregularidades:


    - Tramitó el pedido de reconsideración planteado por un grupo de regidores contra el ya mencionado Acuerdo de Concejo N.° 003-2011-CDPP, pese a que fue presentado de manera extemporánea.



    - No se dio oportunidad a los regidores que sostenían la improcedencia de la petición de reconsideración para que expongan sus argumentos antes de someterla a votación.




    1. Al respecto, debe señalarse que según la secuencia de hechos que de puede apreciar del expediente, el 18 de enero de 2011 cinco regidores solicitaron la reconsideración del Acuerdo de Concejo N.° 003-2011-CDPP, que rechazó la propuesta de modificación del RIC. Seguidamente, el día 28 de enero del 2011 cuatro regidores solicitaron colocar dentro de la orden del día de la sesión ordinaria programada para el 31 el análisis de la improcedencia del pedido de reconsideración por considerarlo extemporáneo.



    1. En la sesión ordinaria del concejo municipal del 31 de enero de 2011, con la presencia de once regidores, cuyas actas obran en el expediente, se aprecia que el alcalde Esteban Felizardo Monzón Fernández, luego de la lectura del punto de agenda correspondiente, dispone el pase inmediato a votación de la improcedencia del pedido de reconsideración por extemporáneo. Luego de ello interviene el regidor Luis Alberto Francisco Huárez, quien solicita que se otorgue el uso de la palabra al regidor Juvenal Malquichagua Cosme para que exponga los argumentos sobre la improcedencia de la reconsideración solicitada, a lo que el alcalde manifiesta: “Precisamente, por eso primero vamos a someter a votación si se admite la moción prestada [sic] por el regidor Malquichagua para que sustente su pedido […] los regidores que estén a favor de la moción sírvanse levantar la mano […]”.



    1. El artículo 55 del RIC, contenido en la Ordenanza N.° 168-MDPP, establece:


    El veinte por ciento de los miembros hábiles del concejo pueden solicitar la reconsideración respecto de los acuerdos y dentro del tercer día hábil contado a partir de la fecha en que se adoptó el acuerdo. Igualmente con el mismo número de miembros y en el término de un día contado a partir de la fecha en que se acordó, procede reconsideración respecto de ordenanzas. La reconsideración presentada pasará directamente a la orden del día, de la sesión ordinaria siguiente a la que se tomó el acuerdo reconsiderado.




    1. En primer lugar, conforme se aprecia del expediente, la solicitud de reconsideración fue presentada el 18 de enero de 2011 por los regidores Donato Díaz Ayala, Fernando Carmona Gonzaga, Pedro Jorge Cruz Soto, Maura Bocanegra Vásquez de Serrano e Irma Antonia Palacios Villafane. A partir de allí se establece claramente que, en vista de que el 13 de enero de 2011 se adoptó el acuerdo de concejo que rechazó la modificación del reglamento, los tres días de plazo para solicitar la reconsideración vencieron el 18 de enero, toda vez que 15 y 16 de ese mes fueron sábado y domingo, días inhábiles. En esa medida, la solicitud de reconsideración del Acuerdo de Concejo N.° 003-2011-CDPP no fue extemporánea.



    1. En segundo lugar, si bien de la lectura del acta de la sesión ordinaria de concejo del 31 de enero de 2011 se aprecia que el regidor Luis Alberto Francisco Huárez solicita que se conceda la palabra al regidor Juvenal Malquichagua Cosme para que exponga los fundamentos de la improcedencia de la reconsideración, frente a lo cual el alcalde sometió directamente a votación, es claro que una petición de ese tipo no podía prosperar. En efecto, de acuerdo con el artículo 55 glosado, los pedidos de reconsideración, presentados de manera oportuna y por el número suficiente de regidores, “pasará directamente a la orden del día”, con lo cual cualquier intento de entorpecimiento estará destinada irremediablemente al fracaso. Por ello, no hay aquí exceso o abuso de las atribuciones del alcalde como director de debates en las sesiones de concejo, por cuanto se deduce que la solicitud de improcedencia del pedido de reconsideración era abiertamente contrario al RIC, con lo cual lo que este hizo fue precisamente viabilizar lo dispuesto en su artículo 55.



    1. Consecuentemente, el alcalde Esteban Felizardo Monzón Fernández no ha abusado de sus atribuciones ni ha infringido el RIC o el ordenamiento jurídico aplicable a las municipalidades cuando dio trámite al pedido de reconsideración del Acuerdo de Concejo N.° 003-2011-CDPP, razón por la cual debe desestimarse la solicitud de suspensión referida a estos hechos.


    Sobre la modificación del RIC mediante quórum aprobatorio distinto al legalmente exigido




    1. Finalmente, también es materia de la solicitud de suspensión la emisión del Acuerdo de Concejo N.° 006-2011/CDPP por la que se aprueba la modificación del RIC, a pesar de que en la sesión del 31 de enero de 2011 no se alcanzó el quórum para que la adopción de un acuerdo favorable.



    1. En efecto, conforme se aprecia del acta de sesión ordinaria de concejo municipal del 31 de enero de 2011, una vez rechazada la improcedencia del trámite del pedido de reconsideración, fue sometida a votación la modificación del RIC, se obtuvo el siguiente resultado: seis a favor y cinco en contra. Seguidamente, conforme se nota de la misma acta, fue emitido el Acuerdo de Concejo N.° 006-2011/CDPP y, posteriormente, se aprueba la Ordenanza N.° 171-MDPP que contiene el nuevo RIC de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra.



    1. El cuestionamiento radica en el efecto que se deriva de la votación alcanzada a la moción de reconsideración. Es claro, por ello, que la adopción de acuerdos de concejo debió sujetarse a lo establecido en el tercer párrafo artículo 51 del RIC aprobado por Ordenanza N.° 168-MDPP, cuyo texto señala:


    La modificación o derogación del presente Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad de Puente Piedra se acuerda con el voto conforme o favorable de más de los dos tercios del número legal de regidores que integran el concejo municipal.




    1. Teniendo en cuenta que los regidores son en total once, el quórum exigible para la modificatoria o derogación del RIC era de ocho regidores (más de los dos tercios), suma que no se alcanzó en la reconsideración votada el 31 de enero de 2011. En esa medida, la adopción del Acuerdo N.° 006-2011/CDPP fue realizada en contravención de lo establecido en el RIC entonces vigente, lo cual ha dado lugar a la posterior publicación de la Ordenanza N.° 171-MDPP con un nuevo texto del RIC.



    1. Dicha actuación del alcalde Esteban Felizardo Monzón Fernández debe ser analizada conforme a lo establecido en el artículo 72 del mencionado reglamento, especialmente de cara al régimen de suspensión de autoridades municipales previstas en la LOM.


    Análisis de la comisión de falta grave dispuesta en el RIC por parte del alcalde de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra




    1. La Ley Orgánica de Municipalidades establece que el cargo de alcalde o regidor se suspende, entre otras, “por sanción impuesta por falta grave de acuerdo al reglamento interno del concejo municipal” (inciso 4 del artículo 25). Ello quiere decir que el legislador deriva en la máxima autoridad municipal respectiva dos competencias: tipificar las conductas consideradas como graves y determinar su acaecimiento por parte de algún miembro del concejo municipal.



    1. El Concejo Municipal de Puente Piedra, mediante Ordenanza N.° 168-MDPP, estableció que constituyen faltas graves, entre otras, las siguientes:


    […]d) El abuso o la extralimitación de facultades en el ejercicio del cargo de regidor o alcalde […].



    g) Incurrir el miembro del Concejo Municipal en infracción a la Ley Orgánica de Municipalidades, leyes, decretos supremos o reglamentos aplicables a las municipalidades.



    […]h) Incumplir el miembro del Concejo de las normas establecidas en el presente reglamento.


    […]Los hechos que se acaban de exponer se relacionan, evidentemente, con la causal establecida en el literal h del citado artículo 72 del RIC. En efecto, es claro que existió una infracción al artículo 51 del RIC desde el momento que en lugar de considerar, nuevamente, rechazada la modificación debido a que no se alcanzó el quórum necesario, se emitió el Acuerdo N. 006-201/CDPP que aprobó la reconsideración y el nuevo RIC, lo cual dio lugar a la posterior publicación de la Ordenanza N.° 171-MDPP.





    1. Así, el incumplimiento del RIC por parte del alcalde Esteban Felizardo Monzón Fernández, exigido como falta grave pasible de suspensión, se acredita desde el otorgamiento de una consecuencia jurídica distinta a la prevista en el propio RIC para la votación alcanzada en la sesión del 31 de enero de 2011, respecto de la reconsideración de la propuesta modificatoria reglamentaria. Así, una decisión conforme a derecho hubiera significado la adopción de un acuerdo de concejo en sentido inverso, es decir, por la desaprobación de la propuesta de modificación del RIC, lo cual no fue realizado por el alcalde, sino que, antes bien, consideró aprobada la modificación, materializándola en el Acuerdo de Concejo N.° 006-2011/CDPP.



    1. De este modo se comprueba que el alcalde Esteban Felizardo Monzón Fernández ha incurrido en la falta grave establecida en el numeral h del artículo 72 del RIC, por lo que corresponde declarar la suspensión de su cargo, conforme lo señala el numeral 4 del artículo 25 de la LOM.



    1. Al margen de lo anterior, es claro que la conclusión a la que arribó el Jurado Nacional de Elecciones respecto a la adopción del Acuerdo N.° 006-2011/CDPP en violación a la normativa establecida no conlleva la declaración de su invalidez formal ni mucho menos de la eficacia del nuevo RIC contenido en la Ordenanza N.° 171-MDPP, ni de los actos que en función de su aplicación se han realizado, como acuerdos u ordenanzas. Las facultades de este Supremo Tribunal Electoral estipuladas en la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica (Ley N.° 26486), no alcanzan a la invalidación de los actos municipales de tipo normativo como el RIC, sino únicamente a aquellas relacionadas directamente con los procedimientos de vacancia o suspensión dispuestas en la LOM.



    1. Por ello, se hace necesario disponer la remisión de los actuados al Consejo de Defensa Jurídica del Estado, para que evalúe la posible interposición de demanda ante las autoridades judiciales competentes respecto de la validez del Acuerdo N.° 006-2011/CDPP y de la Ordenanza N.° 171-MDPP. Adicionalmente, debe dejarse establecido que el RIC aprobado mediante las normas antes señaladas mantiene su vigencia en tanto el órgano judicial respectivo no declare su invalidez o el propio concejo municipal apruebe uno nuevo.


    La duración máxima de la suspensión




    1. La última cuestión por determinar es la duración de la suspensión del cargo de alcalde que se debe imponer a Esteban Felizardo Monzón Fernández como consecuencia de la comisión de falta grave.


    Si bien el RIC establece que la suspensión del cargo de alcalde o regidor puede ser declarada hasta por tres meses, este Supremo Tribunal Electoral es de la opinión que este, cuando fuera aplicable, no puede ser superior a 30 días. La razón de ello estriba en que también se trata del plazo máximo aplicable para el otorgamiento de las licencias, conforme al artículo 25, inciso 2, de la LOM. Así, se debe comprender que este es el plazo establecido por el legislador como máximo para el alejamiento de la función edil, luego del cual correspondería la declaración de su vacancia, conforme al artículo 22, inciso 4, de la misma LOM.




    1. En esa medida, conforme a lo expuesto, el alcalde Esteban Felizardo Monzón Fernández debe ser suspendido por 30 días a partir de la notificación de la presente resolución, debiendo asumir el cargo, por dicho periodo, el primer regidor del Concejo Municipal de Puente Piedra. Consecuentemente, debe acreditarse temporalmente al candidato no proclamado de su misma lista de candidatos en las pasadas elecciones municipales.


    Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,





    RESUELVE, POR MAYORÍA,



    Artículo primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Juvenal Malquichagua Cosme y Edwin Genaro Vicente Muñoz; en consecuencia, REVOCAR el Acuerdo de Concejo N.° 013-2011/CDPP, de fecha 12 de marzo de 2011, que rechazó la solicitud de suspensión del cargo de alcalde que ejerce Esteban Felizardo Monzón Fernández; REFORMÁNDOLO, declarar la SUSPENSIÓN del cargo de alcalde que ejerce Esteban Felizardo Monzón Fernández en el Concejo Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, por el plazo de treinta (30) días naturales.



    Artículo segundo.- CONVOCAR a Donato Díaz Ayala, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde del Concejo Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, y OTORGAR las credenciales correspondientes, mientras dure la suspensión de Esteban Felizardo Monzón Fernández.



    Artículo tercero.- CONVOCAR a Gaddy Leandra Villafuerte Portella, candidata no proclamada de la organización política Siempre Unidos, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; y OTORGAR las credenciales correspondientes, mientras dure la suspensión de Esteban Felizardo Monzón Fernández.



    Artículo cuarto.- REMITIR copias certificadas de los actuados al Consejo de Defensa Jurídica del Estado, con la finalidad de que este evalúe la procedencia de la interposición de las acciones judiciales a las que se refiere el fundamento 29 de la presente resolución.



    SS.



    SIVINA HURTADO



    PEREIRA RIVAROLA




    DE BRACAMONTE MEZA



    Bravo Basaldúa


    Secretario General


    fvp


    VOTO EN DISCORDIA DE LA SEÑORITA DOCTORA ELVA GRETA MINAYA CALLE Y DEL DOCTOR JOSE LUIS VELARDE URDANIVIA MIEMBROS DEL PLENO DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES



    CONSIDERANDOS




    1. El principio de legalidad constituye una garantía constitucional de los derechos fundamentales de los ciudadanos, consagrado por la Constitución Política del Perú en su artículo 2, inciso 24, literal d), con el siguiente tenor: “Nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequívoca, como infracción punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley”.



    1. En materia sancionadora el principio de legalidad impide que se pueda atribuir la comisión de una falta si ésta no está previamente determinada en la ley, y también prohíbe que se pueda aplicar una sanción si ésta no está prevista en la misma. Este principio impone tres exigencias: la existencia de una ley (lex scripta), que la ley sea anterior al hecho sancionado (lex praevia), y que la ley describa un supuesto de hecho estrictamente determinado (lex certa).



    1. El principio de legalidad se materializa cuando se cumple con la previsión de las infracciones y sanciones en la ley. Por otro lado, el principio de tipicidad, define la conducta que la ley considera como falta. Sin embargo, desde el punto de vista administrativo tal definición no está sujeta a una reserva de ley absoluta, es decir, no se requiere únicamente de una ley expresa que defina la falta, la cual puede ser desarrollada a través de los reglamentos respectivos.



    1. Asimismo, la Constitución Política del Perú establece en el último párrafo del artículo 200, que corresponde al órgano jurisdiccional competente examinar la razonabilidad y proporcionalidad del acto restrictivo orientando al juzgador hacia una decisión que no sea arbitraria sino justa. De esta manera en nuestra calidad de Magistrados apelamos al principio de razonabilidad que nos sugiere una valoración de los hechos para tomar una posición jurídica y nos valemos del principio de proporcionalidad a fin de encausar nuestro criterio en el camino para llegar a una justa decisión.




    1. En el presente caso, Juvenal Malquichagua Cosme y Edwin Genaro Vicente Muñoz regidores de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra solicitan la suspensión de Esteban Felizardo Monzón Fernández alcalde del Concejo Municipal, por incurrir en falta grave al transgredir los literales d), g) y h) del artículo 72 del Reglamento Interno del Concejo (RIC) aprobado por Ordenanza N° 168-MDPP y el numeral 4, del artículo 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N.° 27972 (LOM).



    1. La tipificación de la conducta como falta grave expresada en el RIC puede constituir referente normativo válido para la aplicación de la sanción de suspensión. Ello no obstante la tipificación ha de ser clara y precisa, a fin de garantizar la previsión de lo prohibido en aras de que los administrados puedan modificar o adecuar su comportamiento a los intereses de la respectiva entidad o institución.



    1. Obra en autos, a fojas 100 a 120 vuelta copias certificadas del RIC aprobado mediante Ordenanza N° 168-MDPP de fecha 29 de diciembre de 2010, el cual establece textualmente en su artículo 72 que se considera como falta grave, por parte del alcalde o los regidores, los siguientes supuestos: en el literal d: “El abuso o extralimitación de facultades del cargo de regidor o alcalde”; en el literal g: “Incurrir el miembro del Concejo Municipal en infracción a la Ley Orgánica de Municipalidades, leyes, decretos supremos o reglamentos aplicables a las Municipalidades”, y en el literal h: “Incumplir el miembro del Concejo de las normas establecidas en el presente reglamento”.



    1. De las normas reglamentarias citadas, se advierte que no cumplen con los cánones de precisión y claridad que está investido el principio de tipicidad por cuanto la generalidad del contenido de la redacción de la falta, dota de ambigüedad al juzgador y al justiciable que impiden conocer con precisión suficiente la conducta antijurídica pasible de sanción.



    1. Además, del texto normativo citado en los fundamentos precedentes se aprecia que la genérica y amplia tipificación de las faltas administrativas atentan contra el principio de proporcionalidad debido a que no todas las faltas inciden directamente contra el normal funcionamiento de la municipalidad, ello en virtud del control de la potestad sancionadora de la Administración Pública donde el principio de proporcionalidad cobra especial relevancia.


    10. Finalmente, debemos tener presente que los actos denunciados contra Esteban Felizardo Monzón Fernández, no pueden ser considerados faltas graves, al no estar debidamente tipificadas en el RIC, por tanto no puede ser objeto de sanción, no siendo amparable la pretensión de los recurrentes.



    Por los fundamentos glosados, el sentido de nuestro voto es porque se declare INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Juvenal Malquichagua Cosme y Edwin Genaro Vicente Muñoz, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N° 013-2011/CDPP de fecha 12 de marzo de 2011 que rechazó el pedido de suspensión del cargo de alcalde que ejerce Esteban Felizardo Monzón Fernández.



    Regístrese, comuníquese y publíquese.


    aluebloconlaverdad.blogspot.com

    NIÑA COMEÑA CAMPEONÓ EN V PANAMERICANO ESCOLAR DE AJEDREZ EN VENEZUELA



    Nada ni nadie la detiene a Melanie Dongo, niña comeña que viene dando lauros al Perú y a su distrito Comas en Lima Norte, cuando tiene que participar en algún evento internacional de ajedrez, deporte que le ha dado muchas medallas, diplomas y trofeos.


    El factor más importante de Melanie Dongo Pinzón, es haber alcanzado tan pequeña el éxito, contando con el apoyo incondicional de sus padres, quienes se sienten muy felices por los logros alcanzados por su pequeña que campeonó en el ultimo V PANAMERICANO DE AJEDREZ ESCOLAR, llevado a cabo en Mérida, Venezuela, celebrado entre el 10 y 15 de julio en la ciudad de Los Caballeros de Mérida, Venezuela, donde se dieron cita más de 260 deportistas de toda América.


    Melanie Dongo, representó al Perú y a su colegio Parroquial “La Fe de María” del distrito de Comas y campeonó en la categoría Sub-9, ratificando su título nacional, obteniendo el primer lugar con 6 preseas de oro, 4 de plata y 2 de bronce, seguido por el cuadro local, Venezuela, con 5 medallas de oro y 8 de plata y tercero se ubicó el cuadro colombiano con 1 medalla de oro, y 1 de bronce.


    COMEÑA MELANIE DONGO, NECESITA APOYO DE AUTORIDADES PARA SEGUIR BRILLANDO Y TRAER MÁS LAUROS, ¿LA UGEL 4, HARA ALGO?


    Comas, tiene el orgullo de contar con una niña campeona de ajedrez, no es el primer campeonato que gana Melanie, ella viene practicando el ajedrez desde muy pequeñita, gracias a sus padres que hacen denodados esfuerzos para sacarla adelante, pero no es suficiente, ya que necesitan apoyo económico para poder costear los viajes y estadía de la pequeña.


    De esta manera creemos que los alcaldes y regidores de Lima Norte, el empresariado y el pueblo especialmente de Comas, se pongan de pie para poder apoyar a esta extraordinaria niña. Ganar y siempre ganar es la meta de Melanie y con el apoyo de todos, tendremos más triunfos de nuestra pequeña campeona.


    Melanie, llego a participar de este V Panamericano de Ajedrez Escolar, gracias al apoyo del alcalde Nicolás Kusunoki y regidores que pudieron proporcionarle los pasajes a ella y a su madre que la acompañó, pero no es suficiente, creemos que el alcalde de Comas, debería promover una cruzada conjuntamente con la UGEL 4, para que de esta manera Melanie, pueda contar con el apoyo económico y pueda participar en las próximas competencias internacionales de ajedrez que se avecinan.


    alpuebloconlaverdad.blogspot.com

    NIÑOS DE ESCASOS RECURSOS ECONÓMICOS DEL RÍMAC RECIBIRÁN DESAYUNOS GRATUITOS


    La Municipalidad del Rímac, en coordinación con el área de Participación Vecinal, pondrá en marcha este domingo 24 de julio el programa “Desayunos Saludables”, mediante el cual serán beneficiados niños de escasos recursos económicos de ese distrito.


    En esta ocasión, se distribuirán 500 desayunos destinados a los menores de edad del asentamiento humano Horacio Zevallos I, en Flor de Amancaes, informó el alcalde Enrique Peramás.


    Este programa se extenderá por diversos asentamientos humanos de esa jurisdicción con el fin que los niños reciban un alimento nutritivo que consiste en chocolate caliente con leche y pan con jamonada.


    En tanto, el próximo domingo 31 de julio la actividad llegará a la zona de Piedra Liza; el domingo 7 de agosto estará en el Asentamiento Humano San Juan de Amancaes y el 14 de agosto en Huascarán.

    MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA REALIZO DESFILE DE LA PERUANIDAD 2011 POR FIESTAS PATRIAS



    En el marco de las actividades por el 190 Aniversario de la Proclamación de la Independencia Nacional de Perú, la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, en Lima Norte, realizo el “Gran desfile de la Peruanidad 2011” hoy, 22 de julio del presente mes, desde las 8:30 am, teniendo como escenario la entrada de ingreso al distrito que conto con un impresionante espacio donde estuvieron las autoridades del municipio e invitados de honor.


    Como todos los años, la Escuela de Blindados del Ejercito Perú (EP) ubicado en el distrito de Ancón, frontera con el distrito de Santa Rosa – Lima Norte, apoyo con un oficial que fue el jefe de línea y dio la bienvenida a la autoridad edil y su comitiva, para luego solicitar el permiso respectivos e iniciar el desfiles de la Peruanidad 2011, además se conto con la presencia de los miembros de Infantería de la Marina de Guerra del Perú (MGP) miembros de la Fuerza Área del Perú (FAP), la Policía Nacional del Perú (PNP) y la Compañía de Bomberos Voluntarios del Perú (CBVP).


    Las Instituciones educativas, estatales y particulares desfilaron con su escolta, delegación de docentes, campeones deportivos y un elenco cultural. También participaron las diversas organizaciones de la sociedad civil del distrito.


    El jurado calificador estuvo integrado por autoridades especialistas en temas de desfiles, folclore y disciplinas deportivas. Llenando las calles de color y alegría con este tradicional desfile, en estas celebraciones por Fiestas Patrias.

    lunes, 18 de julio de 2011

    SERENAZGO CAPTURAN A TRES DELINCUENTES EN SAN MARTÍN DE PORRES



    La rápida acción de la moderna central de operaciones de la base de serenazgo de la Municipalidad de San Martín de Porres, en Lima Norte, evitó un posible robo y/o secuestro que tenían planeado realizar tres delincuentes fuertemente armados y requisitoriados por las autoridades policiales.



    Cerca de las 20:15 horas, del último jueves 14 julio, una unidad de serenazgo que cuenta ahora con un moderno sistema GPS recibió el llamado de alertada sobre la persecución de un vehículo Toyota Corona con número de placa BIC- 514 por parte de un patrullero de la comisaria de Condevilla, es ahí donde la unidad de serenazgo apoya y los interceptan a la altura del cruce del Jr. Juvenal Villaverde con Av. Tomas Valle Cdra. 12 Urb. San Amadeo, facilitando así con su captura por parte de los efectivos policiales previa balacera, resultando heridos Luis Enrique Winsa Gave (25), José Mercedes Zapata Ruiz (48) y otro no identificado que al momento de ser trasladado al hospital Cayetano Heredia falleció.



    La policía determinó que la placa original del auto utilizado por los delincuentes era el TIK-187, por lo que esta, había sido adulterada a fin de planificar algún robo o secuestro en algún punto de la capital, y si no fuera por la rápida intervención del serenazgo de San Martín de Porres, en Lima Norte.


    alpuebloconlaverdad.blogspot.com

    SERENOS MATONES DE SAN MARTÍN ROMPEN CARTEL EN COMAS


    Según la denuncia del Periódico CON TACTO, serenos delincuentes destrozaron a las 3 de la madrugada del día 11 de Julio último, el cartel de la Municipalidad de Comas donde anunciaba el próximo inicio de las obras.



    Los vehículos del serenazgo de la MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES, trajeron árboles, en un supuesto sistema distrital de riego aduciendo que esa parte es jurisdicción de San Martín de Porres.


    Es increíble, que el municipio santo, jamás hizo nada por los vecinos y el orden de la zona, conchudísimamente (Porque no encuentro otra palabra) , ahora pretende apropiarse de una zona que no le corresponde y nunca por lo menos le interesó.


    Con Oficio N° 543 – 2011 – SGOP – GDU/MDSMP, dirigido al Presidente de la Asociación San Pedro de Unicachi, Sr. Manuel Enrique Chávez Quispe, señala que el mismo día de las acciones referidas, y sin mediar diálogo alguno simplemente los de S.M.P. les dicen a los UNICACHINOS que la Av. Próceres de Huandoy tiene un “ancho de vía” de 40 metros (¿Ahora si se acuerdan que esa tugurizada Avenida tenía 40 metros? ¿Y por que no se acordaron antes cuando había caos , huecos, ambulantes informales y desorden como hasta ahora que quedan rezagos?).


    El documento advierte que la Asociación, se encuentra ocupando con columnas de concreto armado, palos y mallas la sección vial normativa de la Av. Próceres de Huandoy, cometiendo una infracción…” ¡Como no va a ocupar ese espacio si ese lugar ES DE SU PROPIEDAD y la Ficha está en Registros Públicos!. Sin embargo TODA UNA FRANJA será entregada por UNICACHI a la Municipalidad de Comas para que se realice la monumental obra, una pista de 6 CARRILES tan necesaria y cuya Maqueta mostramos en exclusiva, y la cual se vería su ejecución EN PELIGRO por este afán expansionista de la Municipalidad San martiniana.


    DIRIGENTES SALEN AL FRENTE


    El mercado Unicachi hace años que tributa a la Municipalidad de Comas según manifestó su Presidente Manuerl Chávez y que allí la Municipalidad de San Martín no tiene nada que hacer. “Que resuelvan sus conflictos ambas municipalidades pero aquí los Comercianmtes de UNICACHI queremos nuestra Habilitación Urbana y hemos donado una gran parte de nuestro terreno para efectuar una obra que beneficie a todos nuestros vecinos” – manifestó el dirigente.


    Sin embargo, cabe destacar que legalmente la Propiedad aún sigue siendo del Mercado UNICACHI por lo que cualquier intervención en ese terreno será declarado como usurpación, manifestó.


    El Director de CON…TACTO estuvo en el lugar y constató los destrozos al cartel Municipal, sin embargo hasta el cierre de esta edición , por la zona no se veía ni un solo serenazgo de la Municipalidad de Comas, ni una sola autoridad (Ni el regidor figuretti alguno tampoco) que haga notar la presencia y haga respetar la jurisdicción de Comas en este lugar y defienda a un Contribuyente que viene aportando a la comuna desde hace muchos años como es el caso del Mercado UNICACHI.


    ¿A quien pertenece la Primera de Pro?


    El Oficio N° 205 – 2009 – PCM / DNTDT, Miguel Angel Saldaña, aclara que la Municipalidad de Lima asume la competencia y funciones en las acciones de DEMARCACION TERRITORIAL según la legislación.


    En tal sentido –señala el referido documento- a través del Decreto de alcaldía N° 122 de fecha 09/05/ 2003 es el INSTITUTO METROPOLITANO DE PLANIFICACIÓN (IMP) quien asume las competencias para conocer , identificar y evaluar los conflictos de límites existentes en los distritos de la provincia de Lima y otros asuntos afines SOBRE DEMARCACIÓN TERRITORIAL.


    ¿Alguna duda sobre a quién le corresponde la responsabilidad?.


    Bien, continuamos en la lectura de dicho documento y vemos que en el marco de esas competencias el I.M.P. remite el informe N° 03-06-MML-DE-DGE-OTDT referido al caso demarcatorio entre los distritos de Comas, San Martín de Porres e independencia mediante oficio N° 0143-2005-MML-IMP, el mismo que concluye en lo siguiente: “… La ley N° 25017, es precisa y perfectamente cartografiable , al establecer la delimitación territorial entre los distritos Los Olivos y Comas, determinando que en el sector delimitado POR LA PANAMERICANA NORTE, AV. GERARDO UNGER, JR. SAN BERNARDO Y EL RIO CHILLÓN, ES PARTE DEL DISTRITO DE COMAS…”


    Finalmente si bien ello ocurrió en el 2009, el 17 de MAYO del 2011, el Pleno del Tribunal Constitucional declaró improcedente la demanda presentada por la Municipalidad de San Martín de Porres sobre este tema. (EXP. N° 00004-2009-PCC/TC).


    Pero más allá de leguleyadas , normas engorrosas y la ley de la chaveta que emplee luego la Municipalidad de S.M.P. para pretender quedarse e imponerse en esta zona está la lógica: ¿Cuando diablos le ha importando esa zona que aquí en Con…tacto hemos denunciado una y mil veces llamada “La Primera de Pro” a la Municipalidad de San Martín de Porres??.


    Durante años se sufrió con esos ambulantes y el caos generado. ¿Qué hizo la Municipalidad del alcalde Freddy Ternero y sus antecesores en beneficio de ese lugar?, ¿Cómo se entiende la “lógica” de lo absurdo de que la “demarcación territorial” de San Martin de Porres … llega hasta ese lugar …por una “Continuidad” que aparentemente le da la Panamericana norte? ¿Quien entiende esa “lógica”?.


    No, definitivamente los vecinos y todos los que pasamos a diario por ese lugar de embarque obligado de esta parte de Lima Norte para ir a Comas y viceversa, hemos vivido el caos, el terrible caos de esta zona , y cuando por fin alguien hace algo y los Comerciantes de UNICACHI CEDEN, así como lo lee, CEDEN a la Municipalidad de Comas PARTE de su terreno para hacer una OBRA de Pistas anchas, cómodas y seguras…aparece la Municipalidad de San Martin de Porres –conchudísima ella- y cree que con plantar “arbolitos” ya aseguró su presencia en ese lugar.


    Fuentes allegadas a los comerciantes aseguran que inclusive, una vez posicionada la Municipalidad de Freddy Ternero en el lugar…esos “arbolitos” darían paso nuevamente a los cientos de ambulantes informales para generar nuevamente el caos y el terror en la zona!! Y eso si “generarle” una generosa y muy jugosa “siza”… a la Municipalidad de San Martín de Porres. ¡Increíble! .


    ¿Y el alcalde Comeño Nicolás Kusunoki tan interesado en negar licencias de construcción y habilitaciones para obras que beneficiaran a sus vecinos más pobres para obtener su vivienda propia…Porque no hace respetar su jurisdicción cuando todos lo apoyan : Comerciantes, vecinos, y usuarios?. Será que el tema aún no atrae “Cámaras” ni “televisión” y por eso los “Figurettis” de siempre están calladitos, ¿O no Señor Regidor Percy Aquino? ¿Sabia Ud. de este caso? ¿Qué hará al respecto Ud. y vuestro alcalde?.


    alpuebloconlaverdad.blogspot.com