Las gestiones de las nuevas autoridades
regionales y municipales se iniciaron el 1 de enero, y aunque algunas
personas no estén de acuerdo con las medidas que ya están tomando los
funcionarios, estos no podrán ser revocados hasta después del 1 de enero del
2016.
El periodo de estas gestiones
es de 4 años, y por eso el Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
estableció que la adquisición de los “kits electorales” de recolección de firmas
para las consultas de revocatoria será
a partir de cumplido un año, para que la población tenga tiempo de evaluar el
trabajo de sus autoridades.
Esta disposición se da en el
marco de la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (Ley N°
26300), donde se señala que los ciudadanos tienen derecho a revocar a las
autoridades elegidas una vez en el periodo de mandato, excluyendo la
posibilidad de presentarla en el primer y el último año.
Conforme a la Ley de los
Derechos de Participación y Control Ciudadanos (LDPCC), los ciudadanos promotores deberán
cumplir con detallar los cuestionamientos a la autoridad o las deficiencias en
el ejercicio de su cargo que hayan significado irregularidades en la gestión
municipal o regional.
En su oportunidad, la venta de los kits estará a cargo de la
Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), mientras que la verificación de la
autenticidad de las firmas de adherencia será de cuenta del Registro Nacional
de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
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