Los choferes de transporte público que se nieguen a recoger
y trasladar a escolares pueden ser sancionados con una multa de 296 nuevos
soles por constituir una infracción grave, informó la División de Control de Tránsito de la Policía Nacional.
El coronel PNP Dino Escudero,
jefe de la citada dependencia policial, precisó que si bien en el
reglamento de tránsito no hay una sanción específica que diga que el recoger
escolares está sujeto a una multa, la infracción G57 les
otorga dicha potestad.
Esa infracción señala que:
"No respetar las señales que rigen
el tránsito, cuyo incumplimiento no se encuentre tipificado en otra infracción
tiene una sanción de 296 nuevos soles".
Movilidad escolar
Por otro lado, el jefe policial
indicó que los conductores de
movilidades escolares también pueden ser sancionados al igual que sus colegas
de transporte público, por lo que les recomendó cumplir
con las normas de tránsito.
A modo de ejemplo, dijo
que por trasladar a un mayor número de escolares sobrepasando su límite de capacidad, las movilidades
escolares pueden ser sancionadas con 296 nuevos soles. La
infracción G13 es considerada grave.
"Las movilidades
escolares, al igual que cualquier otro vehículo de transporte
público, también están sujetas al control de la autoridad policial y ser
sancionadas, de ser el caso, por cometer infracciones como no tener el SOAT o
trasladar a los escolares sin los cinturones de seguridad, entre otros",
dijo.
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