viernes, 25 de enero de 2013

Instalarán otros ocho Jurados Electorales Especiales para revocatoria en Lima


A partir del 1 de febrero se instalarán otros ocho Jurados Electorales Especiales (JEE) constituidos por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para la consulta popular de revocatoria de autoridades municipales que se realizará en Lima Metropolitana y los distritos de Ate y Pucusana.

Se trata del Segundo (Puente Piedra) y Tercer JEE de Lima Norte (Comas); del Primer (Pueblo Libre) y Segundo JEE de Lima Oeste (San Isidro); del Primer (Santa Anita) y Segundo JEE de Lima Este (San Juan de Lurigancho); y del Primer (San Juan de Miraflores) y Segundo JEE de Lima Sur (Villa María del Triunfo).

Estos órganos electorales temporales se suman a los tres que vienen funcionando desde el 2 de enero: Primer JEE de Lima Norte (Los Olivos), el JEE de Lima Centro (Jesús María) y el Tercer JEE de Lima Oeste (Surco).

Precisamente, estos últimos JEE vienen cumpliendo de manera provisional las funciones de acreditación de personeros, fiscalización y emisión de resoluciones respecto de los procedimientos de publicidad estatal, propaganda electoral y neutralidad respecto de las circunscripciones en donde se instalarán los nuevos órganos electorales.

Mediante una resolución, el Pleno del JNE estableció la competencia territorial y funciones definitivas de los 11 Jurados Electorales Especiales que estarán en funcionamiento a partir del 1 de febrero.

Cada uno de ellos asumirá funciones de acreditación de personeros; fiscalización y emisión de resoluciones respecto de los procedimientos de publicidad estatal, propaganda electoral y neutralidad; así como de resolución de actas observadas; impugnaciones de cédulas e identidad de electores; pedidos de nulidad de elecciones; y otras que establezcan las leyes en materia electoral.

Asimismo, el JNE dispuso que los expedientes sobre publicidad estatal, propaganda electoral y encuestadoras que se encuentran pendientes de resolución en los tres JEE y que correspondan a las jurisdicciones de los nuevos órganos, continúen bajo la competencia de aquellos hasta el término del trámite en primera instancia.

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