Hasta cinco años de prisión pueden
recibir aquellas personas que obliguen a mendigar a los menores de edad que
tienen bajo su tutela o vigilancia, advirtió la fiscal de Familia del Callao,
Ana Ysabel Cossio Cabrera.
La magistrada sostuvo que el Código Penal, en su artículo
128, establece claramente la mencionada sanción, por lo que, dijo, los padres
deben tenerlo en cuenta para evitar cometer ese delito, que pone en peligro y
riesgo la vida de los niños.
“Todos los días vemos a mamás sentadas en las bancas de los paraderos
y a los niñitos arriesgando sus vidas entre vehículos, (…) si
esta norma se cumpliera no veríamos a tanto niño mendigando por las calles”,
enfatizó Cossio Cabrera, en declaraciones a Radio Nacional.
La magistrada refirió además que los padres de familia que obligan a sus hijos a la mendicidad
también perderían la patria potestad de los mismos, es decir
que perderían todos sus derechos para con el menor y no serían responsables de
su desarrollo integral dejándole al Estado (Inabif) esta tarea, en caso
de no encontrar otro familiar que se haga cargo del niño.
La fiscal explicó, asimismo, que la patria potestad puede perdersecuando uno de los
padres ha sido condenado por delito doloso cometido en agravio de los hijos o
en perjuicio de los mismos, o que se les haya abierto proceso penal al padre o
la madre por delitos referidos a violación sexual, favorecimiento a la prostitución,
actos contra el pudor o explotación sexual comercial infantil.
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